En el contrato consensual de arrendamiento se producen obligaciones tanto del arrendador como del arrendatario, algunos autores, como por ejemplo Carlos Trujillo y Mario Oderiego muestran las obligaciones del arrendador y arrendatario en cada clase de arrendamiento:



OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR

I.                    El arrendador debe entregar la cosa (solo se transfería la tenencia de la cosa) para que el arrendatario pudiera usar y gozar de la cosa, sin intención alguna de adquirir el dominio de ésta; se posee el corpus de otro, conservando el ánimus domuni. A diferencia de la entrega o tradición en el contrato de compra-venta donde se transfiere la posesión. [Locatio conductio rei]
II.                  También debe responder por la evicción y vicios ocultos que pueda presentar la cosa, en este sentido, es similar a  la compra-venta, pues es deber del arrendador solventar los daños que se presentaran. [Locatio conductio rei, locatio conductio operarum]
III.                Debe mantener la cosa en buen estado para garantizar la posibilidad de goce (característica principal del arrendamiento).  [Locatio conductio rei]
IV.                Si se llegara a presentar un caso fortuito que conlleve a la pérdida (parcial o total) de la cosa, el arrendador debe soportar y responder éste tipo de riesgos. [Locatio conductio rei, locatio conductio operis]
V.                  Ejecutar la obra que hubiese convenido con el locador. [Locatio conductio operis]


OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO

I.                    Pagar el canon de arrendamiento siempre y cuando el arrendador entregue la cosa para el goce. [Locatio conductio rei, locatio conductio operis, locatio conductio operarum]
II.                  Debe darle el uso a la cosa para lo que fue destinada siendo responsable hasta de la culpa levis in abstracto, no debe subarrendar pues el arrendamiento solo cubría al arrendatario, a su familia y a sus esclavos. [Locatio conductio rei]
III.                En el momento en que se termine el arrendamiento, debe restituir la cosa reivindicando al poseedor. [Locatio conductio rei]

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